27/09/2022

VEIASA REAJUSTARÁ LA VALIDEZ DE LA ITV A LOS VEHÍCULOS AFECTADOS POR LA PRIMERA PRÓRROGA OTORGADA POR EL COVID

  • Se da, de esta manera, cumplimiento al nuevo Real Decreto 750/2022, de 13 de septiembre, por el que se declara la nulidad del apartado segundo de la Orden del Ministerio de Sanidad 413/2020, del 15 de mayo.
  • A partir de hoy, 27 de septiembre, los conductores cuya ITV vencía entre el 14 de marzo y el 20 de junio de 2020, que se acogieron a la prórroga otorgada por el Gobierno, podrán recuperar el mismo número de días en los que se les hubiera reducido el plazo anterior.
portada estación ITV

Hace un par de semanas se publicó el Real Decreto 750/2022, de 13 de septiembre, por el que se modifican el artículo 3 y el anexo I del Real Decreto 920/2017, de 23 de octubre, por el que se regula la inspección técnica de vehículos, con objeto de adaptarlo a las modificaciones establecidas en la Directiva 2021/1717/UE que actualiza la designación de nuevas categorías de vehículos e incluye la inspección del e-call como nuevo sistema a comprobar.

Las nuevas categorías de vehículos son las definidas en los Reglamentos 167/2013 y 168/2013, que ya están incluidas en el Manual de Procedimiento en las estaciones ITV. La comprobación del e-call se realizará cuando se incorporen la lista de comprobaciones a dicho Manual.

Sin embargo, la principal novedad que incluye el Real Decreto se encuentra en la disposición adicional en la que se establece el incremento de los plazos de inspección a los vehículos que se vieron afectados por la Orden del Ministerio de Sanidad SND/413/2020, del 15 de mayo, en aplicación de distintas sentencias del Tribunal Supremo.

En concreto, se declara la nulidad del apartado segundo de dicha Orden, por el que, debido al estado de alamar decretado por el Gobierno a consecuencia del COVID-19, los vehículos cuya ITV vencía entre el 14 de marzo y 20 de junio de 2020 contaron con una prórroga para realizar la inspección, aunque la validez de la misma se determinó (según establecía la propia Orden) teniendo en cuenta la fecha en la que debieron haber pasado inspección y no la fecha en la que pasaron.

Ahora, distintas sentencias del Tribunal Supremo obligan a la devolución de los días minorados en el plazo de validez de la inspección periódica realizada respecto a los que le hubiese correspondido calculando el plazo desde la fecha en la que pasó inspección.

De esta manera, desde hoy los conductores afectados recuperarán en la siguiente inspección el mismo número de días en los que se les hubiera reducido el plazo anterior. Es decir, que una vez realizada la inspección se consignará en la ficha técnica el nuevo plazo, al que se añadirán los días que le fueron recortados durante el estado de alarma.

No obstante, la devolución de los días se realizará sin superar los plazos establecidos por la Directiva 2014/45/UE para las categorías de vehículos incluidas en ella. Por lo que puede darse el caso de que la nueva fecha no se prolongue al coincidir sus frecuencias con las mínimas establecidas en la Directiva europea. Esto puede darse, por ejemplo, en los turismos de menos de 10 años.

Para el resto de vehículos no incluidos en la Directiva se les devolverá el mismo número de días que se les minoró al no establecerse límites en el Real Decreto. Siguiendo con el ejemplo, se le reconocerá el plazo a todos los turismos de más de 10 años y a todas las motocicletas y ciclomotores.

Es importante resaltar que la norma no es aplicable a los vehículos cuya inspección caducó entre el 21 de junio y el 31 de agosto, a los que les fue concedida posteriormente una moratoria de 3 meses, a través del Real Decreto-Ley, de 7 de julio.

Inspección del sistema e-call

El nuevo Real Decreto también recoge que en la ITV deberá inspeccionarse el sistema e-call del vehículo, y se establecen los métodos, los motivos de rechazo y la valoración de las deficiencias.

Estos dispositivos envían un mensaje a los servicios de emergencias de manera automática en caso de accidente, transmitiendo la localización GPS del vehículo y otros datos. Funciona en toda Europa y quedará incluido en el próximo Manual de ITV dentro de los puntos a revisar durante la inspección.