Preguntas frecuentes

Aquí tienes un conjunto de preguntas más frecuentes que te puedes plantear a la hora de tener que pasar la ITV de tú vehículo.

Preguntas frecuentes

Aquí tienes un conjunto de preguntas más frecuentes que te puedes plantear a la hora de tener que pasar la ITV de tú vehículo.

La periodicidad con que un vehículo debe pasar la inspección está recogida en el artículo 6 del Real Decreto 920/2017, de 23 de octubre, por el que se regula la Inspección Técnica de Vehículos. La primera inspección ha de realizarse cuando esté establecido, según el tipo de vehículo y la fecha de la primera matriculación del mismo.

No obstante, se puede pasar la ITV hasta 30 días naturales antes de la fecha de su vencimiento sin perder por ello ningún día, ya que no se modificará la fecha máxima prevista para la siguiente inspección.

Las sucesivas inspecciones vendrán anotadas tanto en su tarjeta de inspección, como en el último informe de inspección emitido por el centro de ITV, y su frecuencia viene establecida igualmente en dicho Real Decreto.

El sistema de citas está diseñado para que el cliente puede seleccionar el día y la hora a la que quiere pasar la inspección, pero siempre en función de la disponibilidad de la agenda de la Estación.

Puede obtener una cita para cualquier Estación ITV de Andalucía, en la Web www.itvcita.com o llamando al teléfono 959 999 999.

No. Sólo se atiende a los clientes con cita previa.

Para realizar la inspección es necesario presentar el permiso de circulación y la tarjeta de inspección técnica de vehículos.En caso de no aportar el permiso de circulación, se admitirá alguno de estos documentos:

  • Fotocopia debidamente cotejada del permiso de circulación.
  • Nota simple de antecedentes emitida por la Jefatura Provincial de Tráfico

La tarjeta ITV tiene que ser original, puesto que debe ser sellada con cada una de sus inspecciones técnicas. Es obligatorio también acreditar la vigencia del seguro del vehículo. En segundas o sucesivas inspecciones, la estación ITV tiene que recabar el modo en que se ha llevado a cabo la reparación, debiendo aportar el usuario el CIF o la razón social del taller que ha efectuado la reparación. En vehículos ADR, será necesario presentar una declaración sobre las condiciones del vehículo, incluso si éste no transporta mercancías peligrosas durante la inspección. Como alternativa al documento anterior, aquellas cisternas a las que se haya aplicado un proceso de limpieza o desgasificación, y no hayan efectuado transporte de mercancías peligrosas hasta su presentación en la estación de ITV, presentarán el certificado de limpieza y desgasificación correspondiente para poder acceder a las líneas de inspección.

Durante la inspección técnica que se le va a realizar a su vehículo, se le va a efectuar el preceptivo control de emisiones de gases.

Por ello, antes de entrar en la línea de inspección, deberá realizar las comprobaciones siguientes:

  1. Compruebe el nivel de aceite del motor. Con el motor parado, verifique que el nivel de aceite se encuentra entre los niveles máximos y mínimos indicados en la varilla. Si esto no es así, rellene con el aceite adecuado hasta conseguirlo.
  2. Purgue el sistema de escape. Para conseguirlo, arrancará el motor y efectuará 2 ó 3 aceleraciones a fondo, con intervalos de 30 segundos.
  3. Compruebe que el motor está caliente. Para ello, mantenga el motor a unas 2.500 r.p.m. si es un vehículo ligero, y sobre 1.500 r.p.m. si es un vehículo pesado, hasta que comience a actuar el ventilador del radiador. Una vez el ventilador esté en marcha, ya puede dejar el motor a ralentí hasta su entrada en la línea de inspecciones.

Asimismo, con objeto de dinamizar la inspección técnica, puede llevar abrochado todos los cinturones de seguridad del vehículo.

Antes de realizarla debe de consultar el Manual de Reforma de vehículos para saber si la reforma que pretende hacer al vehículo es legal.

Debido a la complejidad de la materia, le aconsejamos que se dirija a cualquiera de nuestras estaciones ITV, donde le darán una información más personalizada de la documentación y procedimiento a seguir.

Genéricamente, se le exigirá el informe favorable del fabricante del vehículo o dictamen de un laboratorio autorizado, así como, el certificado del taller que realizó la reforma.

Previamente a la expedición del duplicado de la tarjeta de ITV es necesario que la Estación ITV disponga de los antecedentes de su vehículo, los cuales se encuentran en el archivo de automóviles de la Delegación de la Consejería con competencias en materia de Industria de la provincia de matriculación del vehículo.

A fin de iniciar los trámites para recabar dichos antecedentes, es necesario que usted lo comunique. Para ello, deberá realizar la solicitud a través de los canales que tiene a su disposición: la web www.itvcita.com, el teléfono 959 99 99 99, o los teléfonos gratuitos instalados en todas nuestras Estaciones ITV.

Una vez que los antecedentes estén en la Estación de su elección, personal de la misma se pondrá en contacto con Ud., a fin de indicarle los pasos a seguir.

Para ello debe ponerse en contacto con un concesionario de la marca del vehículo, ellos son los que mejor le podrán informar sobre la posibilidad de hacerlo, así como, del coste de dichas gestiones y de la documentación necesaria.

Existe libertad de elección de la estación ITV para efectuar tanto la primera inspección técnica como las inspecciones sucesivas tras la subsanación de defectos.

El plazo disponible para realizar una segunda inspección le será asignado en función de la gravedad de las deficiencias halladas en la primera inspección. En cualquier caso, no excederá de dos meses a contar desde el día de la primera inspección.

Los defectos calificados como graves son defectos que inhabilitan al vehículo para circular por las vías públicas excepto para su traslado al taller o, en su caso, para la regularización de su situación y vuelta a una Estación ITV para nueva inspección en un plazo no superior a dos meses, contados desde la primera inspección técnica desfavorable.

Defecto leve: Defecto que deberá repararse en un plazo máximo de dos meses. No exige una nueva inspección para comprobar que ha sido subsanado, salvo que el vehículo tenga que volver a ser inspeccionado por haber sido la inspección desfavorable o negativa.

Defecto grave: Defecto que inhabilita al vehículo para circular por las vías públicas excepto para su traslado al taller o, en su caso, para la regularización de su situación y vuelta a una Estación ITV para nueva inspección en un plazo no superior a dos meses, contados desde la primera inspección técnica desfavorable.

Defecto muy grave: Defecto que inhabilita al vehículo para circular por las vías públicas. En este supuesto, el traslado del vehículo desde la estación hasta su destino se realizará por medios ajenos al propio vehículo. Una vez subsanado el defecto, se deberá presentar el vehículo a inspección en un plazo no superior a dos meses, contados desde la primera inspección negativa.

Favorable: La inspección no presenta ningún defecto o presenta alguno pero que no tiene un efecto significativo en la seguridad del vehículo o sobre el medio ambiente. Deberán repararse en un plazo máximo de dos meses. No exigen una nueva inspección.

Desfavorable: Inspección con algún defecto detectado que tiene carácter grave. Son defectos inhabilitan al vehículo para circular por las vías públicas excepto para su traslado al taller o, en su caso, para la regularización de su situación y vuelta a una Estación ITV para nueva inspección en un plazo no superior a dos meses, contados desde la primera inspección técnica desfavorable.

Negativa: Inspección con algún defecto detectado que tiene carácter muy grave. Son defectos que inhabilitan al vehículo para circular por las vías públicas. En este supuesto, el traslado del vehículo desde la estación hasta su destino se realizará por medios ajenos al propio vehículo. Una vez subsanados los defectos, se deberá presentar el vehículo a inspección en un plazo no superior a dos meses, contados desde la primera inspección.

La inspección técnica se realiza conforme al Manual de proceso de inspección de las estaciones ITV editado por el Ministerio de Economía, Industria y Competitividad, en este se detalla los puntos a inspeccionar, el método de inspección y la calificación de los defectos.

A modo de resumen se verifican los siguientes apartados:

  • La identificación del vehículo (documentación, nº de bastidor y placas de matrícula).
  • El estado exterior del vehículo (carrocería y chasis del vehículo).
  • En relación con el control de emisiones, los sistemas de diagnósticos a bordo (OBD)
  • El estado interior del vehículo (asientos, cinturones de seguridad, campo de visión, inexistencia de aristas vivas, chequeo de airbag , etc..).
  • El sistema de alumbrado y señalización (luces de cruce y carretera, de intermitencia, de frenado, de niebla, etc).
  • El nivel de emisiones (ruido en los vehículos de dos ruedas, monóxido de carbono en los vehículos de gasolina y humos en los vehículos diesel).
  • Los frenos del vehículo.
  • La dirección.
  • Los ejes, los neumáticos y la suspensión del vehículo.
  • El estado del motor y de la transmisión.
  • Y por último, la no existencia en el vehículo de reformas sin legalizar.

Para conocer el importe se su inspección puede consultar las tarifas de inspección técnica, que están publicadas mediante la Resolución de 19 de diciembre de 2016, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se actualizan las tarifas de Inspección Técnica de Vehículos vigentes en Andalucía, para su aplicación a partir del año 2017.

Si usted ha comprado una furgoneta, que es válida para el transporte tanto de personas como de mercancías, la frecuencia de inspección, según establece el Real Decreto 920/2017, de 23 de octubre, es la más estricta de ambas modalidades, como transporte de mercancías, aunque usted la utilice como un turismo.

En determinados vehículos es posible el cambio de uso, si el vehículo está homologado para ello. Puede consultar la pregunta: “¿Cómo puedo reclasificar mi vehículo?”.

La generalización del uso del automóvil ha provocado un elevado número de accidentes de circulación, a lo que hay que añadir la degradación medioambiental que genera y la gran cantidad de energía que consume.

Entre el 10 y el 24% de los accidentes de circulación se deben a fallos mecánicos, siendo este porcentaje inferior en aquellos países donde se lleva a cabo la inspección técnica de vehículos. Gracias a la ITV se salvan cientos de vidas y se reducen el ruido y la emisión de gases contaminantes nocivos para la salud y el medio ambiente.